- Como manifestación o confidencia imprudente, la indiscreción posee trascendencia jurídica cuando tipifica una revelación de secreto, prohibida o punible además. También, con relación a los medios y elementos de un país, y singularmente en tiempo de guerra, es toda manifestación verbal o escrita que procura al enemigo o a sus agentes, de modo directo o indirecto, datos sobre la potencia y composición del ejército adversario, de sus planes y planos, de sus fortificáciones, armamento, etc. En principio, mientras duren las hostilidades, debe considerarse indiscreta toda referencia a la vida de campaña hecha ante extraños, sobre todo civiles.
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