- Vestidura particularmente sencilla o pobre que en tiempos de amplia jurisdicción de la Iglesia se imponía a ciertos reos por delitos o pecados públicos. Hoy día, por el carácter infamante que en ello se ve, no está admitido en I03 códigos penales ni permitido por las leyes de orden público. Tal hábito sólo cabe llevarlo voluntariamente y siempre que no resulte extravagante.
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