- Manera establecida para explicar, pedir, ejecutar o resolver con palabras estrictamente determinadas una cuestión. Proposición, cláusula o convenio para un arreglo, avenencia o transacción. ( Como diminutivo de forma, en el Derecho romano, la fórmula la constituían las palabras que designaba el pretor para el ejercicio de las acciones ea la época del procedimiento denominado por ello sistema formulario. Quien pretendía entablar un litigio se presentaba ante el pretor para que éste, según la naturaleza de la pretensión o de la causa, le indicase la fórmula o palabras de que debía usar el actor, sílaba por sílaba, hasta el punto de exponerse a que su demanda se volviera ineficaz si incurría en error u omisión. Con el desenvolvimiento jurídico romano*, las fórmulas primitivas perdieron su vigor, y bastaba indicar en la demanda, con cualesquiera palabras, la acción que se ejercitaba. Este sistema liberal es el seguido en la actualidad por todos los ordenamientos procesales,# que ni siquiera exigen el alarde técnico de mencionar el nombre legal o científico de la acción que se ejerce. Si el art. 525 de la Ley de Enj. Civ. esp. exige que se exprese la clase de acción que se ejercita, es únicamente en aquellos casos en que por ella se determina la competencia* (v. DEMANDA.) En el auge del proceso formulario, "la fórmula de la fórmula" era ésta: a) designación del juez, que se verificaba en el encabezamiento de la fórmula y por su nombre; por ejemplo: "Sea juez Sexto« Numi dio"; b) la demostratio, indicación de la cosa de que Se trataba o exposición de los hechos e» las acciones personales; c) la intentio, que definía el objeto de la demanda, las pretensiones del actor,, y donde éste establecía sus conclusiones, análoga» a la súplica o petición de nuestras demandas actuales; ésta era la parte fundamental de la fórmula, pues caracterizaba la acción y con ello la causa; d) la condemnatio, parte de la fórmula en que el juez condenaba o absolvía al demandado; se omitía en las fórmulas prejudiciales, donde se ordenaba tan sólo el examen previo de la cuestión planteada; e) la adjudicado, que permitía al juez adjudicar a uno de los litigantes la cosa objeto del pleito, y ello acontecía en las acciones de partición (Communi dividundo, Familiae erciscundae y Finium reguruio- rum); /) lapraescriptio, indicación contenida en la parte preliminar de la fórmula, por lo cual debía ser previamente resuelta por el juez* estableciendo una reserva de derechos a favor del demandante o reconociendo una excepción dilatoria propuesta por el demandado; g) la exceptio, con variedad de significados: ya como indicación de la defensa del demandado, ya como cualquier medio de defensa, por él expuesto o no.
En el Derecho Político sudamericano, y más particularmente en la Argentina, se denomina fórmula la candidatura que los diversos partidos presentan, compuesta de dos nombres, para la presidencia y vicepresidencia de la nación, y también para gobernar y vicegobernador de las provincias.
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