- Sello con el facsímil de una rúbrica y firma. Sello con letrero o inscripción que se estampa en documentos, para autenticarlos o aclarar una firma u otro dato. . En América, sello de correos o fiscal.
En el Reglamento español del Notariado, de 1864, se prohibe a los notarios que firmen con estampilla (art. 61).
El Cód. Pen. esp. castiga la falsificación del sello del Estado español o el del Estado de una potencia extranjera (arts. 272 y 273). Está penado, asimismo, el uso de la estampilla falsa, aun cuando no se haya falsificado por uno mismo (art. 274).
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