- Hacer callar. Es facultad de los jueces o presidentes de tribunal cuando las partes, sus abogados, y testigos o peritos, se expresen de manera ofensiva, impertinente o fuera de los límites fijados. | | Volverse mudo o perder el habla, (v. MUDO.) Observar silencio quien puede o debe hablar. Esta actitud puede tenerse por confesión cuando se produzca en el interrogatorio de las partes; y ser interpretada libremente por los jueces cuando de testigos se trate. Desaparecer la libre información y crítica de la prensa u otros órganos de la opinión pública, ya por falta de garantías, por la instauración de la previa censura o por persecución de los poderes públicos.
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