Definición de "DO UT FACIAS"


    Locución latina. que en la técnica jurídica, y por cuanto quiere decir doy para que hagas, abarca los contratos innominados en los cuales a la entrega de una cosa hech.. por una de las partes corresponde una prestación u obligación de hacer por la otra, cuando carecen de denominación expresa en los cuerpos legales, (v. CONTRATO INNOMINADO, "Do UT DES".)

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