Definición de DESRAMAR


    Quitar las ramas de un árbol. El propietario de una heredad no tiene derecho a desramar por sí los árboles de las fincas contiguas; pero sí tendrá derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad (arL 592 del Cód. Giv. esp.).


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...