- En general, denunciador. Más exactamente, el autor de una delación (v.e.v.). El delator se diferencia del acusador en que aquél no es parte en el juicio, y el segundo sí, lo cual le obliga a probar el hecho denunciado o imputado.
En el Derecho romano, quien se denunciaba al fisco como incapaz de recoger una herencia o un legado, en virtud de las leyes caducarías; o el que señalaba al incurso en alguna de esas prohibiciones, lo cual le granjeaba la parte estatuida en las respectivas constituciones.
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