Definición de CORDEL


    Servidumbre pública de paso, a favor de los ganados, en caminos que afluyen a las cañadas o que ponen en comunicación dos provincias limitrofes. El Cód. Civ. esp., en su art. 570, determina que el cordel "no podrá exceder" en ningún caso de 37 metros 50 centímetros. Pese a ello, y a ser inferior en jerarquía un simple decreto, y además posterior en el tiempo, en 1892 se decretó que la anchura era de 45 varas, o sea de 37 metros con 61 centímetros de ancho, (v. CABANA ESPAÑOLA, CORDEL DE MERINAS.) A cordel indica trazado en línea recta en calles, edificios y otras obras o vías públicas o privadas. En determinadas ordenanzas municipales, sobre todo, se dispone que calles, aceras y fachadas se tracen a cordel.
    A hurta cordel constituye modo advervial con el significado de sorpresa en proceder o aparecer, y obrar sin ser visto. Asimismo expresa "a traición".
    Apretar los cordeles se aplica en casos de violencia para que otro haga o diga lo no querido espontáneamente. (v. COACCIÓN.)

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