Definición de CONTRIBUCIÓN SOBRE UTILIDADES


    Aquella que recae sobre los productos o beneficios de la propiedad mobiliaria. Es directa y personal, y una especie de tributo general sobre la renta. Grava tanto los rendimientos del capital como los del trabajo. Recae asimismo sobre intereses, beneficios y dividendos. Por lo general, están exentos de esta contribución los artistas, los obreros y las clases de tropa. Además, las sociedades de seguros mutuos, los sindicatos agrícolas, las cooperativas, los establecimientos de enseñanza, las editoriales, el Instituto Nacional de Previsión, etc. Todo ello dentro del panorama de la legislación esp., similar a la de otras naciones.


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