Definición de CONTRAMANO (A)


    En dirección contraria a la dispuesta por la autoridad para el tránsito de peatones, para la conducción de caballerías y ganado o para la circulación de vehículos. En este último supuesto especialmente, el marchar a contramano puede ser castigado con multa gubernativa, y constituye presunción de culpa en los accidentes de tránsito.


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