Definición de CHANCILLERÍA


    Cada uno de los tribunales superiores de justicia establecidos antiguamente en las ciudades españolas de Granada y Valladolid. La primera de ellas estuvo primero en Ciudad Real. En la actualidad son audiencias territoriales.
    Conocían en apelación de las causas falladas por los jueces de las provincias situadas en la jurisdicción respectiva. En instancia única resolvían ciertos asuntos peculiares; como los pleitos sobre propiedad de mayorazgos e hidalguías. Contra sus ejecutorias sólo se admitía el recurso por agravio e injusticia notoria, o el de súplica ante el rey, en el grado de mil y, quinientas. Derechos que se pagaban al canciller. Antiguamente, oficio de canciller, (v. CANCILLER; RECURSO DE INJUSTICIA NOTORIA y DE MIL Y QUINIENTAS; TRIBUNAL SUPREMO.)

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