- Espacio que queda entre las edificaciones de un poblado y sirve para el tránsito de personas, animales y vehículos; o espacios destinados a ese fin dentro del radio urbano. Las calles, como bienes de dominio público y uso general, no pueden venderse ni prescribirse; claro está que, por reformas de las poblaciones, lo mismo que se abren nuevas calles, cabe desafectar las ya innecesarias para la circulación y proceder a su enajenación como propiedad privada, (v. los arts. 344 del Cód. Civ. esp., y 2.340, 2.639 y 2.640 del arg.)
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