Definición de CABLE


    Maroma gruesa, en materia de navegación. En física y comunicaciones a distancia, el hilo o cordón de alambre de cobre, envuelto en una o varias substancias que lo protegen de la intemperie, de las aguas en los tendidos bajo la superficie del mar, o que aislan a las personas, para evitar contactos peligrosos o mortales con los eléctricos. Como apócope de cablegrama, cable es el mensaje, noticia o parte informativo que se transmite por medio de los cables submarinos que unen los diversos continentes, de costa a costa.
    Los cables han significado en el progreso humano el esfuerzo más considerable para abreviar la comunicación entre los distantes hasta la difusión de la radiotelefonía, que mejora, por sus menores gastos y mayor rapidez aún, aunque con menor reserva, la transmisión de noticias de interés público o privado.
    Los cables eléctricost los de alumbrado de calles y los que conducen la electricidad a las casas y establecimientos, han suscitado problemas jurídicos de interés, entre ellos el de servidumbre de apoyo en las fachadas o en los tejados.
    Los cables submarinos han originado diversas reglamentaciones internacionales para su uso, entre los diferentes países que enlazan, y para los que, sin ser ribereños, desean servirse de ellos.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...