Definición de "BONORUM POSSESSIO VENTRIS NOMINES"


    Locución latina. Posesión hereditaria de bienes en nombre del concebido. Procedía en el caso de estimarse embarazada la viuda. Tenía carácter temporal, sujeto a la efectividad del parto y al nacimiento con vida. (v. POSTUMO, VIUDA.)

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