- El bañarse, faltando a las reglas de la decencia o de la seguridad que las autoridades competentes establezcan, constituye infracción castigada con multa y reprensión, en el libro de las faltas del Cód. Pcn. cap.
Uno de los aprovechamientos generales de las aguas de dominio público consiste en poderse bañar todo el que quiera, con sujeción a los bandos gubernativos o de policía; y también, con las reservas naturales para la higiene, el derecho de bañar el ganado.
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