Definición de BAJA


    En documentos de giro equivale a reducción de valor, o precio más barato. Fiscalmente, acto de declarar que se cesa en una industria o profesión gravada con impuesto. Formulario en que se efectúa tal declaración. Falta o pérdida de un individuo en el ejército, en la nómina o escalafón de una profesión cualquiera, en las listas de los miembros de una sociedad o asociación Cuando el hecho se produce sin la manifestación expresa del individuo, se dice causar baja o dar de baja; y cuando el cese es lícito y espontáneo, darse de baja. (v. AFILIARSE, CÁMARA BAJA, EXPULSIÓN, RENUNCIA, RETIRO.) En la bolsa, en el comercio, se juega a la baja cuando se especula basándose en una disminución del precio de los valores públicos cotizados, que permita comprar títulos depreciados, a veces mediante maniobras dudosas en cuanto a moral, (v. AGIO, ALZA.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...