Definición de AÑO JUDICIAL


    Lapso durante el cual están en actividad los tribunales de justicia. La Ley Orgánica del Poder Judicial de España señala el comienzo del año judicial el 15 de septiembre, o el día inmediato, si aquél es feriado. Se inicia con un acto solemne en el Trib. Supr., la "apertura de tribunales Concluye el 15 de julio, por lo cual los magistrados disfrutan de una licencia anual de dos meses; con la excepciones de la "guardia" que significa la sala de vacaciones (v.e.v.), para atender los asuntos urgentes.
    En la Argentina, el año judicial empieza el 19 de febrero y concluye con el año civil; así, la "feria judicial" se reduce al mes de enero.


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