Definición de "ANIMUS DIFFERENDI"


    oe. lat. Deseo de diferir o dilatar. En la -politica y en la guerra puede constituir habilidad, base del triunfo;^ en la tramitación administrativa, en el procedimiento judicial, en el cumplimiento de las obligaciones, es actitud , que oscila entre la condena de la opinión y la de los jueces; que también puede alcanzar a éstos por retardo malicioso en la administración de justicia, (v. PREVARICACIÓN.)

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