Definición de ALDEANO


    Habitante de una aldea. Contra la regla de que la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento, recogida en el art. 2v del Cód. Civ. esp., la Part. I, tít., I, ley 21,- declara que los aldeanos que labran la tierra y moran en los lugares donde no hay poblado pueden eximirse de los electos de una ley de la que no usaron, o que contravinieron sin saberlo; salvo cometer maldad que debían conocer naturalmente.
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