- Institución conocida y practicada en el Alto Aragón. Cada uno de los cónyuges sucede al otro en el dominio universal de la herencia. Recibe su fuerza de la costumbre; y el derecho hereditario del cónyuge supérstite no sólo comprende los bienes matrimoniales comunes, sino los de exclusiva pertenencia del premuerto.
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