Definición de " SPATIUM DELIBERANDI"


    Locución latina. Plazo para deliberar. El concedido durante 100 días, por lo común, para que el heredero resolviera acerca de la conveniencia de aceptar o repudiar la herencia. Al contrario del Derecho moderno, el romano consideraba que el silencio era renuncia sucesoria, (v. BENEFICIO DE DELIBERAR.)

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