FALLO DEL JUEZ FEDERAL
Enenos Aires, jubío 3 ale 1901, Y vistos : estos antos segttidos de oficio contra Alfredo Mae chi, argentino, de 20 años, soltero, licorero, domiciliado en la calle Constitución número 1250, acusado de infracción á la ley de movilización número 3515, de enyo estudio resultan los si gentes hechos :
Que por decreto expedido por este juzgado en otra casi se guida por infracción á la ley númuro 3515, se mando instruir el precedente simario contra Alfredo Macchi, á enyo efecto se le Hama á declarar á foja una vuelta y manifiesta no haber comen reido al sorteo verificado el año pasado a emisa de haber estado enfermo, pero que sit patron se presento para ver qué bolilla le había tocado al declarante, habiendole informado que colorada, 6 sea de reemplazo y que en caso de precisarsele se le mumdioría Namar, lo que hasta ahora no ha sucedido, Que el señor procurador fiseal, entablando la acusación correspondiente, solicita se aplique al procesado la pena establecida ; en el artículo 15 de La ley 3518, El defensor, contestando la acusación tisezl, solicita la absolción de su defendido, dado que, habiéndole tocado bolilla de reemplazante y no habiéndosele citado en forma. no podía saber que tenía que concurrir, desde que el servieio tenía que prestar lo como reemplazante y era indispensable la citación previa del estado mayor.
Que habiéndose solicitado informe del estado mayor respecto á la afirmación del provesaddo, aquél se expide á foja 10 acompa hando el justificativo de foja 11 referente á la citación del enezmsado y contirmando sur dicho de que le tocó bolilla de reemplazo.
Y considerando : Que tanto por la declaración del procesado
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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:14
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-14
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