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Fallos: 67:315 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Febrero 26 de 1597.

Suprema Corte:

La oposicion deducida por el defensor de los encausados Francisco A. Iturrios y Pedro Echeverría contra la extradicion reclamada por el señor Ministro Plenipotenciario de España, ha sido vencida por los fundamentos legales de la vista del Procurador Fiscal de foja 49 y sentencia definitiva de foja 59.

Adhiriendo ú las conclusiones de aquella vista, nada necesito agregar para concluir pidiendo á V, E. la contirmacion, por sus fundamentos, de la sentencia recurrida de foja 59. .

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 24 de 1897.

Vistos y considerando: Que la reclamacion presentada en el caso por la vía diplomática, para la extradicion de los detenidos Acha y Echeverría, ha sido introducida con todos los requisitos declarados indispensables á ese objeto por el artículo once del tratado sobre la materia entre España y esta República.

Que como lo dice la sentencia apelada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo seiscientos cuarenta y ocho del Código de Procedimientos en lo Criminal, habiendo tratado, el pedido de extradicion debe sujetarse á la forma y requisitos qne los tratados prescriban.

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-315

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