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Fallos: 4:114 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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Sin mas que desearle completa salud y felicidad me repito atento y $ S.

Feliz Egusquiza.

La 31 del folio 280 dirigida al mismo Caminos en la Asuncion, de fecha Febrero 8 de 1865, es como sigue :

Estimado Amigo :

Aviso á V. recibo de su favorecida del 6 del presente, de cuyo contenido quedo impuesto.

La letra que me envíó adjunta de 1,347 pesos fuertes, queda en mi poder con la correspondiente aceptacion para ser cobrada á su vencimiento.

No conozco el contrato que ha firmado sl señor Lanus con el Ministro de Hacienda de la República, por no haber recibido ninguna copia de él ; asi es que no sé si debemos proveerle de carbon en ese punto, pero en todo caso no estará demas eso, porque los recibos servirán para reclamarle el valor del carbon, si se le hubiese entregado.

Mucho me alegro que mire con el desprecio que se merece las elucubraciones de la prensa en esta, que en realidad nada quitan ni dan por lo demasiado conocidos que son.

Habia estado mal informado sobre la mision de su hijo, mi amigo don Luis, cuando le dije que venia á sostituirme, pues recien despues de su llegada he sabido el verdadero objeto de su viaje sobre el que se me habia dado informes equivocados y falsos.

Con su estimada del 2 que la recibí por el mismo vapor, en que vino don Luis, recibí los 55 patacones dos reales que me anunció enviarme, cuya cantidad ha sido llevada á su haber en efectivo.

De los sucesos políticos de Montevideo, nada de nuevo tengo que anunciarle; Montevideo permanece bloqueado y sitiado.

En los diarios verá las notas diplomáticas relativas al bloqueo.

Sin mas queda de V. afmo. amigo y S. S.

Féliz Egusquiza.

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:114 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-114

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Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 4 en el número: 114 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

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