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Fallos: 341:2044 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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Consideraron:

1) Que corresponde a esta Corte, en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación, conforme el artículo 1" de la Ley 23.853 remitir al Poder Ejecutivo Nacional el Presupuesto de Gastos y Recursos del Poder Judicial de la Nación.

2 Que a través de la Acordada N" 26/18 de fecha 24 de agosto del corriente año, esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, fijó para el ejercicio 2019 su presupuesto de gastos, los cargos de la" planta de personal -Anexo 1-, el plan de obras - Anexo IL A y B-, como así también requirió en el mismo acto al Poder Ejecutivo Nacional la incorporación de los remanentes de recursos de ejercicios anteriores al presupuesto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la incorporación de los aportes correspondientes a lo establecido en el art. 2 in fine de la Ley N" 23.853.

3) Que el Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación remitió a esta Corte copia de la Resolución N? 350/18 por medio de la cual el plenario del Consejo de la Magistratura aprobó el anteproyecto de presupuesto del Poder Judicial de la Nación para el ejercicio 2019.

Por ello, acordaron:

1) Fijar el Presupuesto de Gastos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el ejercicio 2019 -aprobado por Acordada no 26/18-, en la suma de pesos diez mil ciento dieciocho millones setecientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta y uno ($ 10.118.765.831), la cantidad de cargos de la planta de personal en cuatro mil setecientos treinta y dos (4.732) de acuerdo al Anexo I y aprobar el Plan de Obras -Anexo II A y B- ambos anexos correspondientes a la Acordada n" 26/18. Requerir al Poder Ejecutivo Nacional la incorporación de los remanentes de recursos de ejercicios anteriores al presupuesto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la incorporación de los aportes correspondientes a lo establecido en el art. 2° in fine de la Ley N" 23.853.

2) Remitir el Presupuesto de Gastos del Consejo de la Magistratura para el ejercicio 2019, registrado mediante Resolución N9350/18 y anexos.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:2044 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-2044

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