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Fallos: 337:939 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que dicte un nuevo pronunciamiento, con arreglo a lo aquí resuelto. Reintégrese el depósito.

Agréguese la queja al principal. Notifíquese y remítase.


E. RAÚL ZAFFARONI.
Recurso de queja interpuesto por la Fundación Wallenberg, representada por el Dr.

Carlos Raúl Sánchez, con el patrocinio de los Dres. Gustavo A. Bossert, Israel Imar y Paúl Warszawski.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala J.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Civil n° 21.

CTI CIA. TELEFONICA INTERIORES SA (TF 19.403-A)
ACUM 19417-A c/ DGA
IMPORTACION
Corresponde revocar la sentencia en cuanto formuló cargo en concepto de tributos adeudados por diversas operaciones documentadas al amparo del régimen de envíos escalonados ya que la obligación de las empresas consistía en importar unidades clasificatorias completas, sin que ello implique que debían importarse la totalidad de las unidades clasificatorias autorizadas, por lo que no puede sostenerse válidamente que las actoras han infringido el régimen de envíos escalonados por el hecho de haber importado un número menor de estaciones de radio base de telefonía celular que el que había sido autorizado, en tanto cada una de las unidades clasificatorias han sido ingresadas en forma completa y la totalidad de ellas resultaban comprendidas en la posición arancelaria.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de agosto de 2014.

Vistos los autos: "CTI Cía. Telefonía Interiores SA (TF 19.403-A) Acum. 19417 c/ Dirección General de Aduanas".

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:939 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-337/pagina-939

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