enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables, especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento con los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por el país. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Agréguese la queja a los autos principales. Hágase saber y devuélvase.
CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por: Gustavo Alberto Fares, Marcelo Ezequiel Acedo, Mario Alberto Villarreal, Gabriel Alejandro Medina y Leandro Cortejarena, representados por el Defensor Oficial, Dr. Juan Carlos Sambuceti (h).
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Casación Penal, Sala I.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal N" 3 de Rosario; Tribunal Oral en lo Criminal Federal N" 2 de Rosario.
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2028
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