MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA.
La medida cautelar innovativa constituye una decisión excepcional porque altera el estado de hecho o de derecho existent e al tiempo de su dictado, justificán dose por ello una mayor rigidez en la apreciación de los recaudos que hacen a su admisión (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).
MEDIDAS CAUTELARES.
Lasleyes debidamente sancionadas y promulgadas, esto es, dictadas de acuerdo con los mecanismos constitucionales pertinentes, gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente, de suerte tal que, en esa hipótesis, la admisibilidad del instituto cautelar naturalmente asume una extrema y rigurosaestrictez, indusive si mediara la posibilidad de un perjuicio irreparable (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).
MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA.
Ponderandola presunción de legitimidad de las normas cuya inconstitucionalidad se persigue —arts. 1, 3 y 5 de la ley 5242 de la Provincia del Chubut- y el hecho indiscutible de que, en razón de la coincidencia del objeto de la demanda y de la cautela, el dictado de esta última tendría los mismos efectos que la sentencia definitiva, corresponde concluir en su improcedencia, tanto más si se aprecia que su admisión excedería ciertamente el marco de lo hipotético, dentro del cual toda medida cautelar agota su virtualidad (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de marzo de 2006.
Autos y Vistos; Considerando:
1°) Que afs. 177/182 Arbumasa S.A. promueve la presente acción declarativa de certeza en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , contra la Provincia del Chubut, afin de obtener la dedaración de inconstitucionalidad de los arts. 1, 3 y 5 de la ley provincial 5242.
Los cuestiona en cuanto exigen para otorgar la renovación de los permisos de pesca, limitaciones y condiciones a su capacidad de con
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:538
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