22.285 23.059 Art. - | Art.
3 4969(-). —... - 5118 (-). .
4 4969 (-).
28:4969 (-). 45:6011 (-). iaa» tx_Z h.—]e%RasmmMacesMa.'d 23.096 === ido -Z22_o=Zoooo o O Art.
22338 - 6049 (-). ..
Art. ———— 5183 (-). A 23.098 LE | Art 3 inc. 1 5756 (-).
22.451 3", inc. 2:5658 (-).
| e 5756 (-).
Art. 7:5658 (-).
5176 (-), 5270 (-), 6090 (-). — E .£Ñ an zz 23.101 22.488 ——— — o — | Att. - ° Art. . 1 4739 (-). = 4976 (-). 2 4739(-).
22.338 23.187 1 5515 (-). - 5039 (-).
23.054 23.267 Art. Art.
5668 (-). 5 5515 (-).
Compartir
32Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6375
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6375¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 4 en el número: 1657 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
