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Fallos: 310:20 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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y Tribunales creados recientemente, así como para atender los gastos emergentes del cumplimiento de las leyes 23.049 y 23.492. .

Que por ello y en ejercicio del deber de velar por la permanente y eficaz - ' prestación del servicio de justicia, el Tribunal se ve precisado a exhortar a los .

poderes Ejecutivo y Legislativo, para que adopten las medidas que correspondan a fin de corregir el presupuesto o subsanar a la brevedad posible los inconve" mientes que se derivan de la situación planteada.

Por ello, Acordaron:

Hacer saber la presente acordada al Poder Ejecutivo Nacional y al Poder.

Legislativo Nacional, para lo cual se remitirá copia al Señor" Presidente de la Nación y a los señores Presidentes de las Cámaras de Diputados y de Senadores de la Nación. > Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. JosÉ Seveno CABALLENO según mi voto) — AUGUSTO Cúsan. Brríuscio — Canos S. FAyr — ENsique SANTIAGO PErraCCHI — JoRGE ANTONIO Bacquí. Juan Escribano (Secretario). .


NOTIFICACIONES. SISTEMATIZACION. CEDULAS.
— N9 13— En la ciudad de Buenos Aires, a los 9 días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don José Severo Caballero y los señores Jueces doctores don Augusto César Be Jluscio, don Carlos Santiago Fayt, don' Enrique Santiago Petracchi y don Jorge Antonio Bacqué, Consideraron: Que resulta conveniente implantar las medidas necesarias para sistematizar las tareas operativas y administrativas en la oficina de notificaciones.

Que, en su virtud, es imprescindible confeccionar un formulario de "cédula .

de notificación" que se adecue a esas exigencias.

Que, a esos fines, se han efectuado los estudios pertinentes.

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:20 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-20

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