ejercicio de facultades discrecionales en manera alguna puede constituir un justificativo a su conducta arbitraria, pues es precisamente la razomabilidad con que s: ejercen tales facultades el principio que otorga validez a los actos de los órganos del Estado y que permite a los jueces, ant:
planteos concretos de la parte interesada, verificar el cumplimiento de dicho presupuesto.
ACCION DE A" 'PARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Requisitos.
legalidad o arbitrariedad manifiestas.
El inc. d) del art. 2° de la ley 16.986 no puede impedir la declaración de invalidez de una norma que resulte palmariamente opuesta a preceptos constitucionales. Dicha inteligencia es la única que permite la compatibilidad de la referida ley con la Carta Fundamental, y resulta de aplicación al caso.
Ello así, pues la resolución 957/81 del Ministerio de Educación con arreglo a la cual se exige una estatura mínima de un metro y sesenta centímetros a los varones que deseen ingresar al Instituto Nacional Superior del Profesorado para seguir estudios de Matemática y Astronomía, comporta una reclamentación manifiestamente irrazonable de los derechos de enseñar y aprender si es que no excediese la potestad acordada al Poder Ejecutivo por el art.
86, inc. ?, de la Constitución Nacional, aspecto sobre el que no media agravio), afecta la dignidad de las personas que inicuamente discrimina, y.
por lo mismo, conculca las garantías consagradas en los arts. 14, 16. 19 y 28 de la Constitución Nacional (Voto de los doctores Augusto C. J. Belluscio y Enrique S. Petracchi).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Gravedad institucional.
Si bien el apelant: —Ministerio de Educación— prescinde de indicar cuáles son los estudios realizados por los organismos técnicos docentes que "conCluyeron que una talla muy por debajo de la media normal, constituye un serio obstáculo para el buen desempeño docente, cualquiera sean las restantes condiciones personales e intelectuales que reúna el interesado", la importancia del asunto —pretender impedir el ingreso al Instituto Superior del Profesorado a quien tiene una estatura inferior a aquélla— justifica que la Corte intente llenar el vacio que deja la formulación de dicho agravio con los asertos que la defensa de la Administración articula en una causa similar (Voto de los doctores Augusto C. J. Belluscio y Enrique S. Petracchi).
1 CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de enseñar y de aprender. 4 Si bien es cierto que los docentes del "pre primario" y "primario" trabajan sobre una circunstancia humana particularmente sensible, y que sus perso
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:401
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