DICON DIFUSION CONTEMPORANEA S.A, v. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINANIO: Requisitos formales, Interposición del recurso, Fundamento.
Es irrevisable la decisión de la camara que, en materia de honorarios de peritos contadores, consideró que acuerdos extrajudiciales como el que se dío en el caso no constituyen una transacción en términos jurídicos y que el litigio no concluyó a consecuencia de un acto de esta naturaleza, atentos los precedentes que cita en su apoyo, sín que el apelante los rebata, limitándose a la mera aserción de una distinta solución jurídica, Igualmente falta una crítica razonada y concreta en lo referente al monto a consi derar (').
FABRICA ARGENTINA ve VAGONES y SILOS SA,LC, v. EMEPA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no jederales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
No cabe acoger los argumentos contra un fallo que decide sobre cuestiones referidas a interpretación y cumplimiento en materia contractual, la cual no se presenta como apreciación irrazonable de los hechos de la causa, circunstancia que impide que sea descalificado como acto judicial, tanto más que el recurso extraordinario no tiene po: objeto corregir en tercera instancia sentencias equivocadas o que se estimen tales según las diver gencias de quien recurre, con la interpretación de cuestiones no federales hecha por los jueces de la causa (?).
') 7 de mayo. Fallos: 278:121 ; 296:039 y 693.
2) 7 de mayo. Fallos: 259:20 ; 261:223 ; 203:100 y 585; 265:42 y 146; 266:210 ; 267:114 ; 268:38 ; 269:413 .
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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:657
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