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Fallos: 292:716 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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TRIBUNAL ARBITRAL (')
1. Digalo la respectiva cláusula, el ejercicio cada haga de la jurisdicción arbitral no. comporta, más atribución que e "e juzgar legal y munmable mente dentro de los tmmiros del fico. y e hechos y aplicación regular del derecho es función Abro. no excluye que pueda, ver impugnada judicialmente la inconstitucionalidad, la ilegalidad o la lidad que fubiese incurrido al laudar: p. 223. :
TRIBUNAL DE TASACIONES
Ver: Expropiación, 1.


TRIBUNAL NACIONAL DE RELACIONES PROFESIONALES
Ver: Recurso extraordinario, 37.

TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
Ver: Recurso extmordinario, 4.


TRIBUNAL DEL TRABAJO
Ver: Recurso extraordinario, 70.

TRIBUNALES PARITARIOS
1. No se violan garantias constitucionales cuando se somete al Tribunal Paritario Nacional para los Trabajadores de Luz y Fuerza, creado por un convenio colectivo de trabajo, una controversia sobre el art. 13 de ese convenio, pues no se hallan en juego derechos u obligaciones laborales fundados en la aplicación de las leyes dictadas que el Eado e e e mao ee un tri de justicia, sino una situación respecto de la cual los intereses en disputa sólo pueden encontrar sustento normativo en las disposiciones dictadas por el propio convento: p. 223.

TRIBUNALES PROVINCIALES
Ver: Recurso estraordinario, 49, 64, 70, 133. 137. .

TUTELA
Ver: Prescripción, |.

. .


UNIFICACION DE IMPUESTOS INTERNOS
Impuesto a las ventas, 5.

UNIVERSIDAD
Ver: Recurso estraordinario, 16.

1) Ver también: Convenciones colectivas de trabajo, 1; Recurso extraordinano, 1; Tribunales paritarios, 1.

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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:716 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-292/pagina-716

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