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Fallos: 292:639 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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ABASTECIMIENTO (')
1. Las normas dictadas el Gobi Nacional en materia de a a A e Co Ne acodalie cadete federal 38 que las Prracciones a las mismas afectan la seguridad y al orden económico nacional: p. 500.

ABOGADO
Ver: Acción de amparo, 1; Constitución Nacional, 11, 12, 13; Honorarios de abogados y procuradores, 3.


ACCIDENTES DEL TRABAJO
Ver: Constitución Nacional, 31; Retiro policial, 1, 2. 3, 4.

ACCIDENTES FLUVIALES
Ver: Daños y perjuicios, 5: Desvalorización de la moneda, 2.

ACCION CIVIL
Ver: Constitución Nacional, 25.


ACCION DE AMPARO
A A partir del decreto-Jey 10988/06 la acción de amparo constituye un trámite reglado, cuya sustanciación y procedencia están sujetas a las normas contenidas en mue disposiciones, entre las cuales el art. 2, inc. d), obsta a la admisibilidad de aquéTla cuando la determinación de la eventual invalidez del acto requiriese la declaración de inconstituconalidad de leyes, como es en el caso la N+ 20. sobre inscripción en el Registro de Inversiones anjeras: p. 12. .

ACCION PENAL
Ver: Constitución Nacional, 25; Recurso extraordinario, 19.

ACCIONES :
Ver: Constitución Nacional, 22, 23.

1) Ver también: Jurisdicción y competencia, 40; Recurso extraordinario, 14, 18, 19, 93, 94, 149; Sentencia, 1.

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Año: 1975, CSJN Fallos: 292:639 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-292/pagina-639

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