Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro comespondiente, por ante mi, que doy fe. Micur ANGEL Bencarr — Acustín Diaz Burer — Manviz Anauz Castex — Hécron MasnaTTA — Exmgre C. PrTmaccau. Carlos María Bravo (Secretario).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SE HABILITA LA SALA DE PROFESIONALES
DEL FORO EN UN AMBITO DEL PALACIO DE JUSTICIA
NT 15 En Buenos Aires, a los 27 días del mes de diciembre del año 1973, reunidas en la Sala de Acuerdos del Tribural, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Miguel Angel Bergaitz y los Señores Jueces Doctores Don Agustin Diaz Bialet, Don Manuel Arauz Cader y Don Héctor Masnatta; Consideraron :
Que la consulta llevada a cabo para estimar la conveniencia de adecuar un ámbito en el Palacio de Justicia destinado a la atención de las necesidades derivadas de la actividad de los prolesionales del foro, ha dado resultado satisfactorio, Que con la concreción de esta iniciativa mediante la habilitación de la Sala de Profesionales se contribuye al reconocimiento y jerarquización de la labor que desarrollan abogados y procuradores como auxiliares de la Justicia:
Resolvieron: , e 1) Habilitar la Sala de Profesionales del Foro que dependerá de la Secretaria de Superintendencia de esta Corte Suprema.
29) Detar a la citada Sala de los elementos necesarios para facilitar a los profesionales el desempeño de su labor, durante el horario de actividad judicial.
3") La Sala deberá ser ámbito exclusivamente dedicado al trabajo profesional.
No será permitida ninguna actuación extraña a la fimlidad perseguida, sin la previa y expresa conformidad de la Corte Suprema.
La atención estará a cargo de empleados del Tribunal, quienes deberán adoptar las medidas de circunstancias para asegurar el cumplimiento de esta resolución.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el Tibro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Micver ANCEL BEncarrz — Acustin Díaz Burzr — Master Anarz Castex — Icron Massarra. Carlos María Bravo Secretario).
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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:364
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