Pero, siendo tenticiente para compensar las mayores erogaciones, debe también antorizarse las restantes moditicaciones propuestas por la Direeción de la > Obra, o sen, el smmento proyectado en el cincuenta por ciento (50) respecto de la contribución que ahonan netualmente los :tiliados enando utilizan los servieios asidtenciales médico; y la moditieación de los aportes mensuales de los afiliados voluntarios —padres y maridos— que se fija en trescientos pesos (má, 3300) por cada mo de ellos, Tratátto Resolvieron : : a) Los magistrados, funcionarios y empleados afiliados a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación contribuirán con una mensualidad equivalente al enatro por ciento (447) del sueldo bísicó y la bonificación por antigiedad que perciben, b) Autorizar las modifienciones propuestas por el Director de la Obra Social con la limitación establecida en el último considerando, e) Las reformas que anteceden Proceder 2 practicar les desinsnentaciones de los abogados de la matríenta enyas listas elevaron los juzzudos federales de primera instancia que a continnación se detallan, en virtud de lo dispuesto por el art. 125 del Reglamento para la Justicia Nacional a los efectos de formar las nóminas de conjueces y tisenles "ad hoc" para el año 1966, prevista por los arts. 2 y 3 de la ley 915, resultando designados en este ete para: Juzgado Federal de Primera Tustancia XN" 1 de La Plata, a los doctores: Franciseo - Aleonada Aramburú, Jorge Laseano, Luis E. Lima, Bernabé López,
AÑO 1966 En Buenos Aires, 3 los 30 días del mes de diciembre del año 1965, rennidos ex la Sula de Acnerdos del Tribinal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Aristóbulo D. Aráoz de Lamadrid y los Señores Jueces Doctores Don Lais María Bolfi Boggero, Don Pedro Aberastury, Don Ricardo Colombres, Don Esteban Imaz, Don Carlos Juan Zavala Rodríguez y Don Amilenr Angel Mereader, Nesolvieran :
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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:392
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