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Fallos: 23:97 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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Por estas consideraciones fallo declarando que no ha Iugar 4 la tercería deducida por Bonalé con costas, — Hágase saber original, devuélvase con oficio el espediente agregado, y repónpase el sello, Isidoro Albarracin.

Fallo de la Suprema Córte Buenos Aires, Marzo 3 de 1681.

Vistos: por sus fundamentos se confirma con costa la sentencia apelada de 10ja cincuenta y ocho, satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.


O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
— 8. M. LASPIER.

—ES

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:97 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-97

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