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Fallos: 222:6 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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gado de interpretar la ley, ha de mantenerse en íntimo contacto con la realidad nacional, y ninguno de sus problemas debe serle extraño. Los hombres que lo integran, desde los altos magistrados hasta el servidor más humilde, están más comprometidos en la tarea común de lograr el engrandecimiento de la Patria, que en la especializada faena de los estrados y las oficinas. En este sentido, el juez es un político, un hombre con la pasión del bien público. El magistrado ideal, conforme al clásico criterio, ha de ser un varón sabio y prudente, Pero la República de nuestro tiempo requiere de él, además, que complemente la sabiduría jurídica y la prudencia en el juicio con un indeclinable amor por la Patria, un respeto inalterable por sus instituciones y una dinámica vocación para perfeccionarias y defenderlas. La doctrina justicialista, cuyos principios rigen hoy la vida nacional, nos une a los servidores del derecho y exige que en esta casa, y en cada tribunal del país, trabajen por él ciudadanos patriotas y hombres de honor. Profesamos una doctrina nacional, por primera vez en la historia política argentina, y este hecho i supone la unión indestructible de los ciudadanos alrededor de los nobles ideales que nos hemos propuesto, Los argentinos que componemos la administración de justicia sabremos honrar, sin duda, en el nuevo período que se inicia, los puros sentimientos que nos orientan y los sagrados juramentos que hemos prestado.

Debo declarar con orgullo que la Corte Suprema de Justicia ha tratado de servir, dentro de su órbita, durante el año transcurrido, sus finalidades específicas y el supremo interés de la Nación y de su pueblo. El Tribunal mantiene su despacho al día, y la labor común se vió acrecentada en 1951 por el ejercicio regular de

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:6 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-6

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