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Art. 584 .- Los embargos e inhibiciones se levantarán al solo efecto de escriturar, con citación de los jueces que los decretaron. Una vez escriturado el bien, sin otro trámite, esas medidas se levantarán definitivamente, si fuere procedente, con la presentación del testimonio para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Los embargos quedarán transferidos al importe del precio.
CONCORDANCIAS: CPN, art. 588; Cat, art 588; Chaco, art. 564; Chubut, art 588; ERios, art. 571; Form., art. 582; Jujuy, art. 504; LPampa, art 557; LRioja, art. 306; Mis., art. 588; Neuq., art 588; RNegro, art 588; Salta, art. 596; SLuis, art. 586; SCruz, art 568; SFe art. 505; SdelEstero, art. 578; TdelFuego, art. 524.
§ 1 Transferencia de las medidas cautelares. - Los terceros interesados no se perjudican por el levantamiento de los embargos e inhibiciones a los fines de escriturar el inmueble al adquirente, toda vez que el precio abonado por éste queda trabado, afectado a las medidas precautorias.
Pero si se subasta un bien embargado, el gravamen perdura y el adquiriente no puede desconocerlo (CCivCom SIsidro, Sala II, 22/4/93, LL, 1994-B-221).
Ver articulos: [ Art. 581 ] [ Art. 582 ] [ Art. 583 ] 584 [ Art. 585 ] [ Art. 586 ] [ Art. 587 ]
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Libro III
- Procesos De Ejecución
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TÍTULO II
- Juicio Ejecutivo
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CAPÍTULO III
- Cumplimiento De La Sentencia De Remate
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También puedes ver: Art.584 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda