ARTICULO 972 Oferta del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 972.-Oferta La oferta es la manifestación dirigida a persona determinada o determinable, con la intención de obligarse y con las precisiones necesarias para establecer los efectos que debe producir de ser aceptada.

    1. introducción

    Dada la importancia que la formulación de una oferta tiene en la construcción de un ví­nculo contractual, el Código la define en términos que coinciden con las exigencias planteadas por la doctrina en sus crí­ticas al régimen anterior.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 972 (con jurisprudencia)

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    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 972 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO TERCERO
    - DERECHOS PERSONALES
    >>
    TITULO II
    - Contratos en general
    >>
    CAPITULO 3
    - Formación del consentimiento
    >

    SECCION 1ª
    - Consentimiento, oferta y aceptación
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    También puedes ver: Art.972 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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