Aceptan la reparación ofrecida por quien violó el aislamiento durante la pandemia y declaran extinta la acción penal


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    Corresponde declarar inadmisible el recurso fiscal y, en consecuencia, convalidar la extinción de la acción penal por reparación integral (art. 22 y cc. Código Procesal Penal Federal) en la causa seguida contra el imputado por la supuesta violación del aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por Decreto PEN Nro. 297/2020, que tuvo por objeto impedir la propagación del virus COVID-19, puesto que, teniendo en cuenta las características de la conducta atribuida al encausado -los hechos endilgados acaecieron sin violencia, sin que tampoco se haya verificado un peligro concreto al bien jurídico tutelado (un contagio a raíz de su circulación en la vía pública)-, que no representó ni siquiera un daño mínimamente potencial al bien jurídico tutelado y acaecida a poco de publicarse el referido Decreto en el B.O., lo resuelto deviene acertado y resulta una razonable aplicación de la ley al caso concreto.
    SENTENCIA
    6 de Abril de 2022
    CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 03
    Magistrados: Eduardo Rafael Riggi - Mariano Hernán Borinsky - Juan Carlos Gemignani
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    Carátula: Battos, Damián s/ recurso de casación

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