Ley 10801 de CORDOBA


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    LEY 10.801
    CORDOBA, 16 de Marzo de 2022
    Boletín Oficial, 29 de Marzo de 2022
    Vigente, de alcance general
    modificación de la ley, CÓRDOBA, seguridad ciudadana, Policía Provincial, Derecho constitucional, Defensa y seguridad

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º.- Sustitúyese el Anexo I -Estructura Orgánica de la Policía de la Provincia de Córdoba- a que hace referencia el artículo 25 de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, por el Anexo I que, compuesto de una foja, forma parte integrante de la presente Ley.

    Artículo 2º.- Incorpórase como inciso j) del artículo 42 de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, el siguiente:

    "j) Dirección General de Patrulla Rural".

    Artículo 3º.- Modíficase el artículo 43 de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, el que queda redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 43.- LA Policía de la Provincia de Córdoba contará con cinco Subdirecciones Generales que se denominarán:

    1. Subdirección General de Seguridad Capital Norte;

    2. Subdirección General de Seguridad Capital Sur;

    3. Subdirección General Departamentales Norte;

    4. Subdirección General Departamentales Sur, y 5. Subdirección General Unidades Especiales".

    Artículo 4º.- De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

    ANEXO

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