Una línea aérea deberá indemnizar a un matrimonio por la cancelación de un vuelo sin previo aviso y sin brindar solución


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    Cabe hacer lugar a la demanda de daños y perjuicios por incumplimiento del contrato de transporte aéreo, entablada los pasajeros que, debido a la cancelación de un vuelo sin previo aviso por parte de la demandada, se vieron obligados a adquirir pasajes en otra línea aérea para llegar a otro destino a los efectos de alcanzar un crucero que habían contratado y, como consecuencia de ello, perdieron cuatro días de navegación, dado que los actores fueron colocados en una situación de desasosiego y angustia por la demora del vuelo que habían contratado, la pérdida de conexión con el buque que tenían programado y las molestias, el estrés y la angustia que ello pudo haberles ocasionado, generando, sin lugar a dudas, la frustración en importante medida del viaje familiar que tenían pensado. El cumplimiento defectuoso del contrato de transporte por el retraso en llegar a destino, produjo, en el caso, la privación del derecho elemental del ser humano de decidir, voluntaria y libremente, cómo y dónde ocupar el tiempo de su vida.
    SENTENCIA
    16 de Febrero de 2022
    CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 02
    Magistrados: Eduardo Daniel Gottardi - Alfredo Silverio Gusman
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    Carátula: Deambrosi, Leonardo Enrique y otros c/ Turkish Airlines s/ incumplimiento de contrato

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