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- SENTENCIA
- 17 de Marzo de 2022
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 03
- Magistrados: Pablo Jantus - Héctor Mario Margariños - Alberto Huarte Petite
Cabe confirmar la sentencia que declaró la extinción de la acción penal por prescripción y dispuso el sobreseimiento del imputado, en el marco de una denuncia por delitos sexuales contra menores de edad ocurridos entre 1976 y 1981. No obstante, cabe habilitar a quienes se presenten como víctimas en el caso, a acceder a la determinación de la verdad en el proceso, instando las medidas de prueba que estimen pertinentes, dado que a pesar de que la acción penal para perseguir penalmente y sancionar al autor de los delitos denunciados se encuentre prescripta, subsiste el derecho actual de las víctimas a la determinación de la verdad (previsto en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos), en tanto puede asegurarse sin violentar las garantías del imputado sometido a proceso.
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Carátula: C., G. C. c/ C., E. E. s/ incidente de prescripción de la acción penal
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