Resolución 5179/22 - Administración Federal de Ingresos Públicos


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    Resolución 5.179/2022
    AFIP
    Emitida el 30 de Marzo de 2022
    Boletín Oficial, 31 de Marzo de 2022
    Vigente, de alcance general
    PYMES, pequeña y mediana empresa, micro y pequeña empresa, impuestos, programa de recuperación productiva, Economía y finanzas, Derecho tributario y aduanero, Bienestar social

    ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 4.010 y su modificatoria, en la forma que se indica seguidamente:

    1. Sustituir los incisos b) y c) del artículo 22, por los siguientes:

    "b) Falta de presentación de TRES (3) declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.

    c) Incumplimiento del pago del gravamen en TRES (3) períodos fiscales correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.".

    2. Sustituir el inciso b) del artículo 30, por el siguiente:

    "b) Falta de presentación de TRES (3) declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.".

    ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el 1 de abril de 2022.

    ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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