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- Resolución 5.179/2022
- AFIP
- Emitida el 30 de Marzo de 2022
- Boletín Oficial, 31 de Marzo de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 4.010 y su modificatoria, en la forma que se indica seguidamente:
1. Sustituir los incisos b) y c) del artículo 22, por los siguientes:
"b) Falta de presentación de TRES (3) declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.
c) Incumplimiento del pago del gravamen en TRES (3) períodos fiscales correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.".
2. Sustituir el inciso b) del artículo 30, por el siguiente:
"b) Falta de presentación de TRES (3) declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.".
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el 1 de abril de 2022.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual