Admiten cautelarmente la continuidad del régimen de comunicación y posibilitar el trabajo de la madre


    Volver al boletín
    Corresponde admitir la medida cautelar solicitada por la madre de un menor de edad para que, durante el periodo de cuarentena por COVID-19, se continúe con el derecho de comunicación con el progenitor no encontrarse habilitado para ir a buscar a su hijo y reintegrarlo del hogar de su madre, sin poner en riesgo su salud, la de su otra hija y la de toda la población, toda vez que la situación encuadra dentro de las excepciones contempladas en la resolución 132/2020 del Ministerio de Desarrollo Social y que, en virtud de las pequeñas distancias, los riesgos sanitarios resultan mínimos, máxime cuando los motivos y propuestas formuladas por el padre no encuentran racionalidad alguna y que los miedos que pesan sobre él, por el peligro de contagio para el resto de su familia caen en saco roto por la misma propuesta que formula, pues solamente basándose en el sentido común, no se explica como el peligro de contagio sería menor, si él mismo se traslada al domicilio de la madre, permanece allí dos días y luego regresa a su vivienda.
    SENTENCIA
    8 de Abril de 2020
    JUZGADO DE PAZ. CORONEL PRINGLES, BUENOS AIRES
    Magistrados: Martín Larceri
    Más Jurisprudencia Provincial...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: M., A. M. c/ A., V. s/ incidente - Modificación derecho de comunicación

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...