Ley 2357 de SAN JUAN


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    LEY 2.357-J
    SAN JUAN, 23 de Diciembre de 2021
    Boletín Oficial, 17 de Febrero de 2022
    Vigente, de alcance general
    Estado Provincial, convenios con la Nación, aprobación de convenios, actividad agropecuaria, productores agropecuarios, fondo nacional para la mitigación de emergencias y desastres agropecuarios, Derecho constitucional, Economía y finanzas, Derecho internacional, Actividades económicas

    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1.- Se aprueba el Convenio N 67-2021, firmado el día 17 de septiembre de 2021, en el Marco de la Ley N 26.509, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, con el objeto de prevenir y mitigar los daños causados por factores climáticos, meteorológicos telúricos o físicos que afecten a la producción o a la capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad a las explotaciones agropecuarias, así también creó un Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios (FONEDA), cuyos recursos están destinados a financiar programas, proyectos y acciones para recomponer daños sufridos, ratificado por Decreto N 1753-MPyDE-2021, de fecha 25 de noviembre de 2021.

    ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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