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- DECRETO 2.203/2021
- MENDOZA, 23 de Diciembre de 2021
- Boletín Oficial, 31 de Enero de 2022
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°: SUSTITÚYASE el Artículo Nº 1 del Decreto Nº 1352/21 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°: ABÓNESE, a los beneficiarios de las pensiones denominadas "MALVINAS ARGENTINAS", de acuerdo a lo dispuesto en el punto I del Acta Acuerdo - Administración Central celebrada el día 18 de Diciembre de 2.020, en el ámbito de la Subsecretaria de Trabajo y Empleo, homologada por Decreto Nº 1807/20, la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($54.000), pagadero en tres (3) cuotas consecutivas de PESOS SEIS MIL ($6.000) y dos (2) cuotas consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000), a partir de Agosto de 2.021, de conformidad con lo establecido por el Artículo 4º de la Ley Nº 6.772, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 8.394".
Artículo 2°: El gasto que demande lo dispuesto por el artículo primero, será atendido con cargo a la partida G99006 43104 000 U.G.10284 del presupuesto vigente año 2.021.
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Gobierno, Trabajo, Justicia y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
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