Ley 14063 de SANTA FE


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    LEY 14.063
    SANTA FE, 18 de Noviembre de 2021
    Boletín Oficial, 5 de Enero de 2022
    Vigente, de alcance general
    modificación de la ley, SANTA FE, permisos de pesca, Derecho constitucional, Actividades económicas

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    ARTÍCULO 1 - Modificase el artículo 3 de la ley N° 12.703, segundo párrafo, el que queda redactado de la siguiente manera:

    "ARTÍCULO 3º.- Créase el "Fondo de Reconversión Pesquera y Asistencia a Pescadores". El mismo estará constituido con los aportes provenientes del Tesoro Nacional y/o Provincial y de lo recaudado en concepto de Tasa de Fiscalización de productos de río durante los períodos en que se permite la pesca comercial. El fondo será utilizado en las actividades que demande la reconversión pesquera, y en la asistencia a pescadores durante los períodos de veda o en aquellos en los cuales por disposiciones de las autoridades competentes se encontrare suspendida, limitada o prohibida la actividad. La asistencia económica para pescadores es igual de hasta un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM). Se otorga al beneficiario solicitante de acuerdo a la reglamentación que disponga la autoridad competente y solamente durante los períodos de veda o en aquellos en los cuales por disposiciones legales o que se encuentre limitada o prohibida la captura de todas las especies de río."

    ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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